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La Comunidad de Madrid establece una nueva serie de subvenciones para la conciliación de los estudiantes en paro que están en formación para el empleo en la Comunidad de Madrid, las cuales se financian con recursos del sector público.
El Consejo dio su aprobación el día 7 de este mes a una gestión anticipada de 3 millones de euros para el 2023, a cargo del Ministerio de Economía, Hacienda y Empleo.
Siendo la fecha actual 12, ¿cuándo fue publicada en el BOCM?
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/12/12/BOCM-20221212-28.PDF
El número estimado de beneficiarios el próximo año es de unos 25.000.
La iniciativa forma parte de la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad, así como de impulso a la natalidad y la conciliación 2022/26 de la Comunidad de Madrid. Esta estrategia incluye 80 acciones cuyo propósito es reducir los obstáculos en el momento de tener hijos. Estas subvenciones están orientadas a la conciliación de la vida laboral, familiar y profesional.
Los programas adecuados para solicitar estas ayudas son cursos gratis para desempleados otorgados por instituciones acreditadas y financiados por la Comunidad, como los que proporciona . Los estudiantes de programas de formación cuyas fechas de comienzo sean a partir del 13 de diciembre de 2022 pueden aprovechar estas ayudas.
Algunos de los aspectos fundamentales de las Ayudas a la conciliación de los estudiantes son los siguientes:
Condiciones para los beneficiarios
Para poder acceder a las subvenciones para la conciliación de los alumnos desempleados en formación para el empleo en la Comunidad de Madrid es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
a) Encontrarse sin empleo y registrado como solicitante de trabajo.
b) Estar realizando un programa de capacitación profesional para el trabajo que esté financiado con recursos públicos. Por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
c) Demostrar que tiene a su cargo hijos menores de 12 años o parientes dependientes hasta el segundo grado.
d) No tener, al comienzo de la actividad formativa, ingresos de ninguna clase que superen el 75% del “Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples” (IPREM).
A tales efectos, se considerará como ingreso el monto de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas similares de asistencia social otorgadas por las Comunidades Autónomas.
e) Satisfacer los criterios fijados en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Ayudas, con el fin de conseguir el estatus de receptor de ayudas públicas.
Monto de las Ayudas a la conciliación de los alumnos en situación de desempleo
La cantidad de subsidios para la conciliación de los estudiantes en situación de desempleo en formación para el empleo en la Comunidad de Madrid establecida es de 14 euros por cada día de formación. Este importe se abona al término del período de formación o de prácticas, de acuerdo con el número de días de asistencia aprobados por el centro formativo.
Se contabilizan únicamente los días de formación efectiva y/o prácticas profesionales no remuneradas. No se recibirá la ayuda de aquellos días de ausencia injustificada.
De acuerdo con lo establecido en el último párrafo del artículo 23.2 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo. El umbral mínimo de cuantía total a la que se ha de tener derecho en el transcurso de la acción formativa para proceder a la tramitación de la ayuda es de 100 euros.
Los datos y procedimientos requeridos para acceder a las ayudas para la conciliación de los estudiantes que se encuentran desempleados estarán a disposición en la web de la Comunidad de Madrid.